lunes, 18 de mayo de 2015

XII CONGRESO INTERNACIONAL Y XXXII JORNADAS UNIVERSITARIAS DE EDUCACIÓN ESPECIAL


INTRODUCCIÓN

Las necesidades educativas especiales están a la orden del día en todos los centros escolares, tanto de Primaria como de Secundaria, pues en todo el territorio nacional se aplican medidas que apoyan en este sentido a los estudiantes que se hacen acreedores de ellas, si bien el problema de presupuesto acaba siendo el elemento común que resume la mayor debilidad del sistema educativo una vez centrado en este punto.

A fecha de hoy, hablar de Educación Especial se ha convertido en algo normal, común, casi del día a día, puesto que todo el mundo tiene una relación más o menos directa con algún alumno que está recibiendo apoyo con medidas educativas especiales. Eso es, en líneas generales, lo que significa Educación Especial (EE), pero convendría matizar que esas medidas se adoptan para que el alumno pueda conseguir los objetivos que se recogen en la Ley con respecto a los estudios que está realizando.

A pesar de la normalidad con la que hablamos de la EE en tantas ocasiones, por referencia directa o indirecta, no hay que echar la mirada atrás muchos años para verla convertida en un ente abstracto y desconcido para la sociedad, y lo que es peor, para la propia ley. Fue la LOGSE (1990) la que por primera vez introdujo en su marco legal el concepto de “necesidades educativas especiales”, cubriendo un espacio que en leyes anteriores ocupaban palabras con cierta carga despectiva hacia el alumno como deficiente, déficit, limitación, etc. En ellas, estos alumnos quedaban clasificados bajo el epígrafe de deficientes o limitados, sin entrar en más elaboración o específicidad que  les permitiera recibir un apoyo concreto dirigido a cubrir sus necesidades educativas.



EDUCACIÓN ESPECIAL. CLASIFICACIÓN 

En la actualidad, la Educación Especial pretende cubrir todo el espectro de alumnos que presentan algún tipo de necesidad especifica. Para ello, establece una clasificación en la que algunas de estas necesidades pasan a denominarse excepcionalidades y otras alteraciones (Gutiez, 2001):

1.       EXCEPCIONALIDAD COGNITIVA
1.1.     Deficiencia mental. Síndrome de Down.
1.2.     Superdotación.

2.       EXCEPCIONALIDAD SENSORIAL
2.1.     Déficit auditivo.
2.2.     Déficit visual.

3.       EXCEPCIONALIDAD FÍSICA
3.1.     Minusvalías físicas.
3.2.     Parálisis cerebral (PC).
3.3.     Espina bífida (EB)
3.4.     Enfermedad física.

4.       ALTERACIONES DEL COMPORTAMIENTO
4.1.     Trastornos del comportamiento.
4.2.     Autismo.
4.3.     Delincuencia, drogodependencia y marginación del menor.

5.      
ALTERACIONES DE LA VOZ Y DEL LENGUAJE
5.1.     Disfonías.
5.2.     Alteraciones de la articulación: Dislalia y Disartria.
5.3.     Alteraciones de la elaboración: Afasia y Disfasia.
5.4.     Alteraciones del ritmo: Disfemia.

6.       PROBLEMAS ESCOLARES Y DE APRENDIZAJE
6.1.     Dislexia.
6.2.     Disgrafía.
6.3.     Discalculia.

UNA CUESTIÓN DE PRINCIPIOS Y… DE NORMATIVA

Cuando hablamos de educación especial puede que muchas personas no comprendan o no alcancen a conocer la dimensión tan importante que comprende esta modalidad de enseñanza, parte intrínseca del sistema educativo.

Los alumnos que presentan algún tipo de discapacidad deben tener una respuesta educativa con sentido global por parte de la sociedad, de forma que los objetivos propios de la etapa educativa correspondiente sean adaptados para poder atender sus necesidades más específicas. De lo contrario, estos alumnos quedan marginados. Y lo que es peor aún, condenados a un futuro sin futuro.

La LOMCE (2013) define al alumno con necesidades educativas especiales como el que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

De igual forma, la LOMCE profundiza más en las características de estos alumnos por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, requiere una atención educativa diferente a la ordinaria para que pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.

¿LAS TIC EN LA EDUCACIÓN ESPECIAL?


Sin duda alguna, si echamos un vistazo a la clasificación anterior pensaremos inmediatamente en más de una aplicación que hemos descargado en nuestro móvil que podría ser muy útil para algún estudiante cuya necesidad educativa específica esté recogida en ese cuadro. Pero no sólo podemos hablar de aplicaciones sino de dispositivos completos que mejoran o facilitan la audición, la visión, la motricidad…, o que simplemente estimulan y potencian la parte cognitiva del cerebro.
Las TIC, actualmente, proporcionan recursos y soluciones para cada una de las excepcionalidades o alteraciones.

XII CONGRESO INTERNACIONAL Y XXXII JORNADAS DE UNIVERSIDADES Y EDUCACIÓN ESPECIAL

Para saber más sobre el tema y participar de forma activa o pasiva de los últimas avances en técnicas,  dispositivos, metodologías y estrategias en Educación Especial se recomienda participar en este Congreso, que tendrá lugar del 23 al 26 de marzo en la Facultad de Educación de la Universidad Complutense de Madrid (www.cijuee.es).


REFERENCIAS

GUTIEZ, P. (2001). Educación Especial. UCM. Presentación en Power Point. Visto el 
                   19/12/2014 en http://www.ucm.es//campusvirtual
LOMCE (9 de diciembre de 2013). Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa. Recuperado el 20/12/2014 de http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12886
LOGSE (3 de octubre de 1990). Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo. Recuperado el 31/01/2015 de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1990-24172




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